La educación y el matrimonio (123 d.C.)

La educación

 

El sistema educativo romano era una continuación del helenístico y las clases se daban en latín y en griego. Con el paso del tiempo el conocimiento escrito fue tomando relevancia, en detrimento del pensamiento propio, apareciendo los manuales. La educación evolucionó conforme a los cambios de la sociedad, en particular, influida por la helenización y la política. Estos cambios permiten diferenciar varias etapas en el sistema educativo romano.

 

La educación en la antigua Roma fue siempre de índole aristocrático y esencialmente urbano. Las escuelas se ubicaban en los municipios, con el objeto de formar a los miembros de las oligarquías urbanas, que los dirigían. Por supuesto, la población esclava estaba excluida, especialmente los que configuraban la “familia rústica”, encargada de las actividades agraria. Aunque los esclavos domésticos, especialmente los vernae (esclavos nacidos de esclavos y criados como tales), recibían en el pedagogium familiar unas enseñanzas acordes con sus funciones futuras.  

En contra de lo que ocurría en época republicana, a partir del siglo III a. C. la educación dejó de estar restringida a la esfera familiar y empiezan a surgir las primeras escuelas. A los siete años, niños y niñas ingresaban en el ludus litterarius, donde permanecían hasta los once o doce años; estas escuelas primarias solían estar en el foro o cerca de él, en edificios o dependencias sencillas. Sentados sobre escabeles, los alumnos recibían las enseñanzas del magister. Esta profesión no contaba con un status social demasiado elevado, como se pone de manifiesto en el Edicto de Precios de Diocleciano, donde se le atribuye un sueldo de 50 denarios mensuales por alumno, cifra inferior a la de un carpintero o albañil.  

 

Las enseñanzas que se impartían eran la lectura, la escritura, el cálculo y la recitación. A partir de los 11 o 12 años, los jóvenes de familias pudientes pasaban a recibir la enseñanza secundaria, que se prolongaba hasta el momento de tomar la toga viril, es decir, entre los 14 y los 16 años; ésta era impartida por el grammaticus, cuyo estatus social era más elevado que el del magister (está documentado que cobraban 200 denarios por alumno y mes). Estos estudios secundarios estaban constituidos por la enseñanza teórica de la lengua y los comentarios de textos de autores clásicos. Finalmente, la enseñanza superior estaba dirigida por el rethor (el retórico), cuya situación social, era bastante más elevada, llegando a tener un salario superior al del grammaticus.

 

A partir del principado de Augusto, la enseñanza basada en la oratoria subsiste con objetivos no solamente estéticos y literarios, sino también prácticos, ya que las escuelas de retórica van a constituir uno de los medios de formación de los dirigentes de la Administración y, especialmente para la abogacía. A partir del siglo III la gran máquina imperial necesitaba funcionarios, formados en estudios superiores. Sin embargo, la modificación más evidente viene dada por la progresiva aparición de las escuelas cristianas, que a partir del siglo IV sustituyen a las antiguas escuelas helenísticas.

 

 

El matrimonio

 

El objetivo principal del matrimonio era la concepción de hijos. Los enlaces, sobre todo en las clases altas, se acordaban entre familias de linaje para consolidar alianzas políticas, económicas, o de otro tipo de intereses. El padre de la novia aportaba una dote, la cual le sería devuelta en caso de divorcio.

 

La celebración contaba con una serie de ceremonias impuestas por la tradición, al igual que ocurre con las bodas de hoy en día. Uno de los rituales del matrimonio romano consistía en que la noche anterior al enlace, la novia debía de hacer entrega de los juguetes y prendas de vestir de su infancia, de manera simbólica, a los dioses que protegen su hogar. A estas deidades, se les venera en un pequeño altar o lararium del que constaban las casas de las familias patricias.

La boda estaba cargada de simbología y rituales: en lo que al vestido de la novia se refiere, se trataba de una prenda blanca, como símbolo de su pureza, que iba ceñido al cuerpo con un cinturón atado con un nudo que representaba su virginidad y que el novio desataría en la noche de bodas. Además llevaban un velo en la cabeza de color rojizo. En cuanto a la solemnidad del acto, dependía de la clase social, variaba también en función de la edad de los contrayentes, así como de si era el primer matrimonio o no. Este punto era importante sobre todo para la esposa, y también a efectos hereditarios, de cara a la legitimidad de los hijos. Se trataba de una prueba a nivel social, más que a efectos legales.

 

La más antigua forma de matrimonio entre los romanos era la confarreatio, en la que se constituía el vínculo matrimonial, se producía una transferencia de poderes personales que sometían a la esposa a la manus, es decir, al dominio o potestad del marido o del pater familias de éste. En otras palabras, establecía el vínculo matrimonial entre los esposos y hacía que la mujer pasase a formar parte de la familia del marido. Este rito cayó en desuso pronto. En época arcaica se empleaba también la coemptio (expresión utilizada para referirse a la compra de cosas de valor) como fórmula de matrimonio. Así pues, la coemptio era, al principio, un matrimonio por compra. El usus, que era una forma de adquirir la propiedad de algo por el uso, se aplicaba también al adquirir matrimonio; mediante esta fórmula: después de un año de convivencia, el marido ya tenía derechos de esposo sobre la mujer.

 

Las mujeres romanas contaban con una independencia mayor que sus contemporáneas de Grecia o del Próximo Oriente. Las esposas en Roma no adoptaban el nombre de su marido, y a la muerte de su padre podían ser propietarias por derecho propio, comprar y vender, heredar o hacer testamento, además de poder liberar esclavos, pero siempre bajo la supervisión de un albacea o tutor, que aprobaba cualquier decisión de este tipo.

 

A pesar de esta relativa libertad, la edad núbil de la mujer comenzaba entre los 14 y 15 años de edad. Las élites incluso acordaban las alianzas matrimoniales mucho antes, cuando tan solo eran unas niñas. Los varones, en cambio, contraían matrimonio alrededor de los 20 o 25 años, una diferencia de edad que contribuía a mantener a la mujer en un plano subordinado.

 

Los matrimonios podían disolverse por dos razones: la primera y más evidente era por el fallecimiento de uno de los cónyuges. En este caso los hombres podían volver a casarse inmediatamente, pero las mujeres debían guardar un luto al menos durante diez meses. Existía el divorcio, que se podía dar por mutuo acuerdo, por repudiación de una de las dos partes o por incapacidad para tener hijos.

 

El estatus de la mujer se entiende en relación con el del hombre. El título de mater familias depende estrechamente del matrimonio. Mientras que pater familias cubre el estatus del hombre que posee la plena capacidad jurídica, “madre” se aplica a la esposa que entra bajo la potestad de aquél.  

A partir del siglo II a. C. comenzó a dejarse de lado la costumbre de que la mujer pasara a formar parte de la familia del marido cuando contraía matrimonio. El matrimonio cum manus cayó en desuso y las formalidades se fueron dejando atrás, aunque siempre hubo algún acto de celebración. Para contraer matrimonio válido, es decir, un iustum matrimonium, bastaban dos requisitos: el conubium (derecho a casarse) y la capacidad de los nubendi (de los contrayentes), a lo que se añade el consenso y la convivencia matrimonial. También la pertenencia a una determinada clase social va a ser una necesidumad. En cuanto a la edad, 14 años era la edad mínima para el hombre y 12 para la mujer. Las fuentes citan como requisitos el consentimiento entre ambas partes y también de affectio maritalis, interpretados como referencias a un consenso perdurable.

 

Pero junto a la intención de los novios, hacía falta el consentimiento de los respectivos paters familias, cuya voluntad por lo demás empezaba a dejar ver su fuerza ya desde el momento del compromiso matrimonial. Así escribe Paulo que “no puede haber matrimonio sin el consentimiento de todos, de los que se casan y de los que tienen la potestas sobre ellos”.

 

Augusto, en el año 18 a. C., fijó por la lex Iulia (de maritandis ordinibus), la obligación de estar casado para todos los ciudadanos romanos que tuviesen la edad exigida por la ley.  Más tarde, promulga la lex Iulia de adulteriis coercendis, por la cual castiga todas las relaciones sexuales fuera del matrimonio, llegando a penalizar el adulterio incluso con la pena de muerte. Una mujer condenada por adulterio era incluida en la categoría de probosae, es decir, de las prostitutas, y tenía prohibida la boda con su amante. Hay que diferenciar el adulterio del strupum, ya que el primero hace referencia a la relación con una mujer casada y el segundo, con una mujer soltera o viuda. El strupum era castigado con el destierro.